Antes de iniciar un viaje con su mascota, debe tener en cuenta que los desplazamientos de los animales de compañía están regulados por normas sanitarias comunitarias o nacionales para garantizar su salud y la de las personas.
REQUISITOS PARA VIAJAR CON TU MASCOTA DESDE Y HACIA ESPAÑA:
El incumplimiento de estas normas da lugar a situaciones poco agradables para los animales y sus dueños, con inmovilización de las mascotas en instalaciones de cuarentena o la rexpedición del animal al país de origen. En esta publicación, Aena y el Ministerio de Alimentación y Medio Ambiente le ofrecen información básica sobre las citadas normas sanitarias. Reglamento UE577/2013. Ed. 2014 Ver más información aquíAnimales NO admitidos : Pit Bull Terrier, Staff ordshire Bull Terrier, American Staff odshire Terrier, Rottweiler, Dogo Argentino, Fila Brasileiro, Tosa Inu y Akita Inu. O también, dependiendo de su complexión física, musculatura, altura y peso.
Razas con cuidados especiales: Animales braquicéfalos.
Los animales braquicéfalos son perros y gatos que tienen el hocico excesivamente corto, chatos y con la cabeza proporcionalmente muy ancha. Por seguridad de estas mascotas no podemos transportar algunas razas de perros y gatos en la bodega del avión ya que corren un mayor riesgo de sufrir golpes de calor y trastornos respiratorios cuando se exponen al estrés o a altas temperaturas. Si tu mascota es una de ellas, solo puedes llevarla contigo a bordo siempre que cumpla con las condiciones para el transporte en cabina. Las razas son las siguientes:
- Perros: Boston Terrier, Boxer (todas las razas), Bull Dog (todas las razas), Bull Terrier, Brussels Griff on, Chow Chow, Toy Spaniel Inglés, Spaniel Japonés/Chin Japonés, Mastiff (todas las razas), Pekinés, Pit Bull, Pug o Carlino (todas las razas), Shih Tzu, Staff ordshire Terrier, Shar-Pei, Aff epinscher, American Bully y todas las razas que por su condición sean braquicéfalos y no se encuentren en este listado de razas con cuidados especiales.
- Gatos: Birmano, Exótico de pelo corto, Himalayo, Persa.
Aceptación en cabina
Al no tratarse de perros que hayan recibido un entrenamiento específico (a diferencia de los perros guía) y con el fin de preservar la seguridad en vuelo y el bienestar del perro, se debe considerar su tamaño y peso a la hora de aceptarlos al vuelo, y debe cumplir los siguientes requisitos:- Edad mínima 10 semanas y disponer de las vacunas requeridas.
- El animal deberá ir en un contenedor homologado o en un trasportín adecuado, consistente, con agujeros para ventilación, con fondo impermeable y cierre que ofrezca seguridad.
- El contenedor podrá tener como máximo 40 cm. de alto, 55 cm. de largo y 20 cm. de ancho.
- El peso máximo permitido del animal incluyendo el contenedor o jaula será de 10 Kg. incluyendo en el mismo el peso del contenedor en el que será transportado el animal.
- No se aceptarán PETC en cabina Business/ejecutiva.
- En ningún caso podrá salir el animal del recipiente en el interior de la cabina.
- Mascotas de más de 10 kg. tendrán que viajar obligatoriamente en bodega, pagando el precio correspondiente.
Para transportar pájaros se debe tener en cuenta que las jaulas sean resistentes, la cerradura segura y en la que no pueda derramarse la comida y bebida. Estando además la jaula siempre cubierta. Si se trata de animales de reducido tamaño o peso, podrán admitirse varios de la misma especie en un mismo contenedor. En ningún caso se admitirán animales que por sus características especiales, mal olor, etc. puedan ser molestos para el resto del pasaje y tripulación. El animal deberá viajar con el pasajero sin causar molestias a los pasajeros que viajen a su lado y el contenedor se situará debajo del asiento delantero. Los pasajeros que transporten un animal en cabina por motivos de seguridad no podrán ocupar butacas situadas en filas correspondientes a salidas de emergencia. En ningún caso, el animal podrá salir de su contenedor en la cabina de pasajeros del avión.
Cargos por transporte de animales domésticos en cabina por trayecto: Rutas con origen en España 150€ + tasas. Rutas con origen Latinoamérica 200USD + tasas. *Las tarifas de los servicios auxiliares no son reembolsables.
Dos mascotas podrán viajar en un mismo transportín cumpliendo las siguientes condiciones:- Deben pertenecer a la misma camada.
- Deben tener una edad mínima de 3 meses para poder viajar.
- Deben tener entre ambos, un peso máximo de 10Kg, incluyendo el peso del transportín.
- El transportín debe tener suficientemente espacio como para permitir que los animales estén de pie en una posición natural, que puedan girarse y acostarse.
- El contenedor podrá tener como máximo 40 cm. de alto, 55 cm. de largo y 20 cm. de ancho.
- Se deberá pagar el cargo de cada mascota transportada.
Aceptación en bodega
Cualquier animal que no reúna las condiciones para viajar en cabina, deberá viajar en la bodega del avión, y deberán cumplir los siguientes requisitos:- Los perros considerados potencialmente peligrosos (R.D. 287/2002) deberán llevar obligatoriamente bozal.
- Se deberá transportar a los animales en contenedores rígidos aprobady-rspan2os por IATA con puerta metálica que se cierre firmemente (sin candados) que ofrezca garantías de no apertura en ningún momento.
Requisitos aplicables a los transportines Para transportar un animal en la bodega se requiere un transportín que reúna los requisitos de la IATA (Asociación Internacional de Transporte Aéreo). Importante: los transportines deben ir asegurados con tornillos. Los cierres de plástico no son seguros, por lo que no son admisibles. Se necesitan diferentes transportines en función de la especie. Deberá traer el transportín Ud. mismo ya que, por regla general, no puede adquirirse en el aeropuerto. Le recomendamos que adquiera el transportín con suficiente antelación para permitir a su mascota familiarizarse con él antes del vuelo. Seguidamente le mostramos las especificaciones para los contenedores destinados al transporte de perros y gatos en la bodega climatizada. Requisitos aplicables a los transportines: Perros y gatos
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1.El transportín debe ser lo suficientemente grande como para que el animal pueda ponerse de pie en su postura natural y ofrecerle espacio suficiente para tumbarse y darse la vuelta.
2.Dimensiones máximas de un contenedor para su transporte en la bodega de carga de un avión de pasajeros: 125 x 75 x 85 cm.
3. Los transportines deberán ser lo suficientemente seguros como para impedir que el animal se escape. Recomendamos transportines sólidos de plástico o madera fabricados con materiales que no resulten nocivos ni tóxicos. El transportín debe estar provisto de orificios de ventilación en los cuatro lados. Deben ser lo suficientemente pequeños como para impedir que el animal pueda sacar alguna parte del cuerpo a través de ellos o lesionarse, y para evitar posibles mordeduras o arañazos.
4. El interior del transportín deberá carecer de esquinas puntiagudas, bordes afilados o clavos prominentes, con el fin de evitar que el animal pueda sufrir heridas.
5. Deberá utilizarse un transportín con suelo impermeable, cubierto con material absorbente como, p. ej. una manta o una esterilla absorbente. No se admiten periódicos, cartón ni paja.
6. Los comederos y bebederos (vacíos) deben ir acoplados al transportín y poder llenarse desde el exterior. Por supuesto, está permitido llevar a bordo comida y agua para el animal, aunque deberá asegurarse de que no existe peligro de que se derramen.
7. Los transportines no deben tener ruedas. Si las tienen, deberán retirarse previamente al embarque.
8. Los espaciadores deben insertarse centrados, en ambos lados longitudinales.
9. Lleve la correa y el collar de su mascota en su equipaje de mano.
10. Sólo se admite un animal por transportín. Existen excepciones*
Requisitos para el ingreso de animales al territorio venezolano
El Consulado General informa de los requisitos que establece el Instituto Nacional de Salud Agrícola Integral que debe cumplir cualquier persona que deseen ingresar animales al territorio venezolano. Se recuerda al usuario que este trámite no se gestiona ni se presenta ante el Consulado General, sino que los recaudos que se detallan a continuación se deberán entregar o realizar a la llegada a Venezuela. Requisitos:- Certificado de Vacunación Anti-Rábica Vigente (Original y Copia), (vigencia de un año).
- Certificado de Salud Internacional Vigente (Original y Copia), donde conste que el ejemplar a importar, fue sometido a una evaluación y que para el momento de ésta, no presentaba signos ni síntomas de ninguna enfermedad infecto-contagiosa (vigencia de 1 mes).
- Tarjeta de Vacunación Vigente(Original y Copia), emitida por un médico veterinario autorizado o acreditado por las autoridades competentes del país de origen, donde conste la aplicación de vacunas (Séxtuple en caso de Canino y la triple en Felino) e identifique el lote, fecha expiración, nombre del producto (vigencia de 1 año).
- Constancia de Desparasitación Interna y Externa Vigente (Original y Copia), que contenga la identificación completa del producto utilizado y la fecha de aplicación del mismo (Vigencia de 3 meses).
- Certificado Zoosanitario de exportación para Mascotas(caninos y felinos) del país de origen emitido por las autoridades competentes del país de origen.
- Microchip de Identificación para mascotas(Caninos y/o Felinos): las mascotas que van a ingresar a Venezuela provenientes de la Unión Europea e Inglaterra deben tener un microchip de identificación de 12 a 15 dígitos y el examen de Anticuerpos Neutralizantes de la Rabia o en su defecto presentar copia y original de su pasaporte.
- Requisitos para la Importación de animales que sean distintos a caninos y felinos se solicita: Permiso de importación emitido por el Instituto de Salud Agrícolas Integral (INSAI) y el permiso emitido por el Ministerio del Ambiente.
- Permiso sanitario para la movilización de animales y vegetales: “Tasa o depósito bancario a nombre del INSAI de 0.5 UT, según lo establecido en el artículo 81 numeral 32 de la Ley de Salud Agrícola Integral, la cual se realizará en el Aeropuerto Internacional Simón Bolívar de Maiquetía, Piso 3 Recinto de aduana en la Oficina Aeroportuaria INSAI (Sección Pasajero), por la expedición de la guía de movilización. Dicha información se encuentra disponible en la página oficial del Instituto: http://www.insai.gob.ve
Requisitos para emisión de permisos de exportación de mascotas
- Tasa o depósito bancario a nombre del INSAI de 5 U.T por cada solicitud (Articulo 81 numeral 38 de la Ley de Salud Agrícola Integral).
- Original y Copia de Certificado de Salud Internacional Vigente, donde conste que el ejemplar a exportar fue sometido a una evaluación y que, para el momento de ésta, no presentaba signos ni síntomas de ninguna enfermedad infecto contagiosa. Para los países del MERCOSUR debe ser emitido 10 días antes del viaje.
- Original y Copia de Certificado Nacional de Vacunación Anti-Rábica Vigente, con un lapso de emisión mayor a 30 días continuos a la fecha del viaje y no mayor a un año de vigencia. Para los países del MERCOSUR cuando se trate de animales primovacunados contra la rabia, se autorizará el permiso una vez transcurridos veintiún (21) días desde la aplicación, en el caso de que el animal sea menor a tres (03) meses, el veterinario debe declarar que se encuentra libre de la enfermedad siempre y cuando no haya estado en zonas epidemiológicas.
- Original y Copia de la Tarjeta de Vacunación Vigente, donde conste la aplicación de vacunas, (Séxtuple en caso de Canino y la triple en Felino) e identificar el lote, fecha expiración, nombre del producto utilizado. (Exceptuando MERCOSUR).
- Original y Copia de Constancia de Desparasitación Interna y Externa Vigente, que contenga la identificación completa del producto utilizado y la fecha de aplicación del mismo. Para los países del MERCOSUR debe ser emitido 15 días antes del viaje.
- Aplicación de un MICROCHIP de identificación de 12 a 15 dígitos a mascotas que viajaran a la Unión Europea.
- Original y Copia del Examen de Anticuerpos Neutralizantes de la Rabia, para las mascotas que viajaran a la Unión Europea. El cual debe ser realizado en los Laboratorios de Referencia o Certificados por la OIE.
- Original y Copia de la Carta de Residencia, para la emisión del permiso única y exclusivamente para propietarios de mascotas que residan en las islas de ARUBA, BONAIRE, CURAZAO, TRINIDAD Y TOBAGO.
- Examen Coprológico, aplica solo para los países pertenecientes a MERCOSUR.
- Examen de descarte de Leishmaniosis, aplica solo para los países pertenecientes a MERCOSUR.
- NOTA:
- – Los médicos veterinarios que emitan los certificados antes descritos, deben estar registrados ante el INSAI como profesionales.
- -Las mascotas menores a tres meses de edad, no pueden viajar a ningún país de la Unión Europea; esto debido a que caninos y felinos menores de tres (03) meses de edad no es vacunado contra la rabia.
- Observaciones
- Se especifica un lapso de ocho (08) días hábiles para la emisión del permiso.
- Vigencia del permiso (30) treinta días continuos.
- El trámite de solicitud del permiso puede ser realizado por el usuario ó una persona debidamente autorizada por escrito de parte del propietario ó persona que va a viajar con la mascota.
- El permiso se emitirá a nombre de la persona con la que viaje la mascota.
- El INSAI autorizará la emisión del permiso luego de la revisión de los documentos consignados por la parte interesada, al personal técnico de la Dirección de Salud Animal Integral – INSAI. En caso de encontrarse alguna irregularidad en ellos, se le notificará inmediatamente a la persona o usuario que solicitó el servicio para hacer las correcciones del caso. Al momento de realizar la solicitud, colocar un número de teléfono de contacto del usuario.
- Cada mascota para viajes internacionales debe ir en un kennel (jaula especial) nuevo o usado, en buen estado, lavado y desinfectado. El personal del INSAI y personal de la empresa de transporte inspeccionarán el mismo. La mascota irá en carga aérea o en cabina según lo establezca la aerolínea.
- Los perros lazarillos tienen tratamiento preferencial debido a que son compañía de personas invidentes, en este caso resolver con la empresa de transporte.
- Para consignar la documentación de solicitud de permiso, la persona interesada debe dirigirse a:
- Deberá registrarse en la página del INSAI sistema RUNSAI.
- La taquilla del INSAI está ubicada en la Av. FRANCISCO DE MIRANDA CON 3RA AVENIDA DE LOS PALOS GRANDES, TORRE PARQUE CRISTAL, OESTE, PISO 2, OFICINA 2-3 CARACAS.
- Horario de Atención a los usuarios a nivel nacional (excepto Nueva Esparta), es de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 3:30 pm.
Mascotas de terapia o apoyo emocional
Mascota de apoyo emocional o de terapia brinda un soporte emocional o cumple una finalidad terapéutica para personas con alguna discapacidad. Los animales de apoyo emocional solamente serán aceptados en vuelos de la ruta a/desde USA; por lo tanto, en las demás rutas el cliente deberá pagar el servicio de la tarifa de mascotas indicada.Aseguramos el servicio para los vuelos operados y reservados con Plus Ultra cuando la petición se haya hecho con al menos 48 horas de antelación a la salida del vuelo. La mascota deberá cumplir con el peso y medidas estipuladas por la compañía, presentes en este artículo. Cualquier animal, que sobrepase las limitaciones o no cumpla los requisitos, no podrá realizar el viaje. Tampoco está permitido el transporte como perro de terapia o de apoyo emocional a los pertenecientes a razas catalogadas como peligrosas (según determina el Real Decreto español 287/2002, de 22 de marzo).
Requisitos
Se debe aportar la documentación justificativa, emitida dentro de 1 año anterior al vuelo, firmada por un médico o profesional colegiado en especialidad de salud mental, certificando que:Existe una necesidad especial mental o emocional reconocida en el "Diagnostic and Statistical Manual of Mental Disorders" (Manual Diagnóstico y Estadístico de los Trastornos Mentales).Se necesita el perro de apoyo emocional o asistencia psiquiátrica para poder viajar en avión o para llevar a cabo alguna actividad en su destino.
La persona evaluadora es un médico o un profesional colegiado en especialidad de la salud mental y es quien lo atiende normalmente.
Fecha y tipo de licencia del médico o profesional, así como la región o jurisdicción en la que se haya emitido.
Esta documentación se te podrá requerir en cualquier momento de su viaje con nosotros.
Todos aquellos animales de compañía que viajen a España desde un tercer país sin presentar una prueba serológica de anticuerpos frente a la rabia válida conforme a lo establecido en el Reglamento (UE) nº 576/2013 y que, por lo tanto, sean objeto de una autorización excepcional por parte del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación en base al artículo 32 del citado Reglamento, deberán viajar como carga para facilitar el control a su llegada, de tal manera que sean derivados a la terminal de carga, donde serán controlados por los inspectores de Sanidad Animal.