Las personas con discapacidad pueden elegir los asientos que consideren más apropiados a sus necesidades y que estén de acuerdo con las leyes de seguridad de Aviación Civil España.

Las Leyes de Seguridad de Aviación Civil Española no permiten sentar a personas con discapacidad en las filas de emergencia.
Se aceptan sillas de ruedas y dispositivos de ayuda para el movimiento como cortesía. Si fuera posible, el pasajero utilizará su propia silla de ruedas hasta la puerta del avión, desde donde será colocada en bodega. Al llegar a destino y dependiendo del aeropuerto, se hará todo los posible para que la silla propia esté disponible a la puerta del avión.
No se aceptan sillas de ruedas o dispositivos de ayuda para el movimiento con baterías húmedas.
A la hora de efectuar su reserva deberán indicar claramente el grado de discapacidad para definir las distintas posibilidades de subir al avión:
  • Silla de Ruedas hasta rampa (WCHR): El pasajero es capaz de subir y bajar las escaleras del avión y llegar por su propio pie hasta su asiento, pero necesita la silla de ruedas para cubrir la distancia desde los mostradores de facturación hasta el pie de avión y viceversa.
  • Silla de ruedas para subir y bajar escaleras (WCHS): El pasajero necesita la silla de ruedas para cubrir la distancia desde los mostradores de facturación hasta el pie del avión y viceversa así como para subir y bajar las escaleras del avión, pero una vez arriba es capaz de llegar por su propio pie hasta su asiento.
  • Silla de ruedas hasta el asiento (WCHC): El pasajero es completamente inmóvil y necesita ser trasladado desde los mostradores de facturación hasta su asiento en el avión.

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